Las reformas de la CISAC permiten que las Entidades de Gestión de Derechos (EGD) se conviertan en entidades clientes

La CISAC continúa su proceso de reformas que permite a la Confederación ofrecer servicios a las Entidades de Gestión de Derechos (EGD). Estas entidades son empresas que ejercen su actividad según un modelo de negocio diferente al de las Organizaciones de Gestión Colectiva (OGC) tradicionales que constituyen los miembros de la CISAC. Gracias a este nuevo enfoque, las EGD pueden convertirse en clientes de la Confederación y obtener acceso a las herramientas profesionales de la CISAC (Herramientas del CIS).

De esta forma, la CISAC preserva los valores fundamentales de la gestión colectiva, como el buen gobierno y la transparencia, al tiempo que promueve la adopción de sus normas y sus sistemas por otros actores del sector de la gestión de derechos.

Miembros o clientes

Según este nuevo enfoque, los criterios de adhesión a la Confederación no cambian. La condición de miembro de la CISAC, y todos los beneficios que conlleva, está reservada exclusivamente a las Organizaciones de Gestión Colectiva (OGC), de conformidad con los Estatutos de la CISAC.

Las EGD son entidades que se dedican a la gestión de derechos pero que no reúnen los requisitos para ser OGC según los Estatutos de la CISAC. Estas pueden solicitar convertirse en clientes y obtener acceso a las Herramientas del CIS bajo determinadas condiciones, por medio del pago de tarifas aplicables a los clientes, recientemente adoptadas por el Consejo de Administración de la Confederación.

Recientemente, tres Entidades de Gestión de Derechos se han convertido en clientes de la CISAC: Soundreef (Reino Unido), Unison (España) y NexTone (Japón). Otras entidades también han solicitado convertirse en Clientes de la CISAC y sus solicitudes están siendo examinadas.

Pueden obtener más información sobre los servicios propuestos por la CISAC a las EGD Clientes aquí.